La Cámara de Diputados de Mendoza dio media sanción por unanimidad al proyecto enviado por el gobernador Alfredo Cornejo, el cual promueve la renegociación de pasivos mediante incentivos fiscales para las entidades acreedoras. La norma contempla la exención del Impuesto de Sellos y rebajas en Ingresos Brutos para dinamizar la economía de particulares y empresas.
El Gobierno de la provincia de Mendoza avanzó con un plan de alivio financiero orientado a desacelerar el incremento de la morosidad y alivianar la carga crediticia de familias y pequeñas empresas. La Cámara de Diputados de Mendoza otorgó media sanción por unanimidad al proyecto de ley impulsado por la gestión del gobernador Alfredo Cornejo, la cual no contempla el otorgamiento de créditos directos por parte del Estado provincial ni la absorción de pasivos, sino la concesión de beneficios impositivos a bancos y financieras que acepten flexibilizar los contratos de sus deudores. La iniciativa, que ahora aguarda su sanción definitiva en el Senado provincial, estará vigente inicialmente hasta el 31 de diciembre de 2026 y alcanzará tanto a personas físicas como a jurídicas, sin importar si registran un atraso activo o si se encuentran con sus cuotas al día.
El proyecto de ley formaliza las pautas de refinanciación, las exenciones impositivas y las exigencias de control bajo las cuales operará el sistema en todo el territorio provincial.
Para acceder a los beneficios fiscales, las entidades deberán renegociar las condiciones contractuales modificando cuotas, plazos, tasas de interés o garantías de los deudores. La normativa abarca tanto la reestructuración con el acreedor original como la consolidación de varias deudas con un nuevo otorgante. Sin embargo, la ley prohíbe expresamente la aplicación de estas ventajas a la venta, cesión o securitización de carteras morosas a fideicomisos o empresas de cobranzas, evitando que las financieras limpien sus balances sin reducir la carga del deudor.
El esquema tributario establece dos incentivos principales para las entidades que se adhieran. En primer lugar, se aplica una exención total del Impuesto de Sellos para todos los contratos de refinanciación firmados bajo este marco. En segundo término, las entidades financieras podrán acceder a una alícuota reducida del 5% en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, siempre y cuando apliquen una Tasa Nominal Anual no mayor al 40% y otorguen un plazo de devolución mínimo de 24 meses.
En cuanto a los requisitos de acceso y fiscalización, el régimen no exige que los solicitantes se encuentren en mora activa dentro de la Central de Deudores del Banco Central, permitiendo que quienes estén al día renegocien para prevenir la cesación de pagos. La Administración Tributaria Mendoza supervisará mensualmente las declaraciones juradas enviadas por las entidades, con la potestad de cruzar datos con el Banco Central y aplicar severas sanciones e impositivas retroactivas en caso de irregularidades.
Tras la aprobación unánime en Diputados, el Poder Ejecutivo mendocino aguarda la sanción del Senado para reglamentar la norma y poner en marcha las exenciones tributarias.
