Las plataformas de pago digital están obligadas a remitir al fisco la información operativa de sus clientes cuando se superan determinados umbrales de facturación o permanencia de fondos. La medida busca homogeneizar la trazabilidad financiera entre el sistema bancario tradicional y el ecosistema fintech.
El ecosistema de billeteras virtuales en la Argentina suma un nuevo requisito operativo tras consolidarse el régimen de información que los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) deben presentar ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Las empresas del sector tienen la obligación de reportar los datos identificatorios, las claves virtuales y los volúmenes transaccionados de las personas humanas cuyos ingresos, egresos o saldos mensuales alcancen o superen los $50 millones. En el caso de las firmas y empresas (personas jurídicas), el umbral fijado para el reporte se ubica en $30 millones. El esquema evalúa los flujos mensuales consolidados y contempla reglas específicas para la conversión de activos en moneda extranjera y criptomonedas.
La normativa estipula que la medición de los montos no responde a transacciones puntuales ni a transferencias aisladas, sino a la sumatoria de las operaciones realizadas dentro del período mensual. Para la elaboración de las nóminas informativas, los PSP deben computar los saldos al último día hábil de cada mes y consolidar todas las subcuentas o servicios administrados desde una misma plataforma. En los casos en que las cuentas operen con divisas extranjeras o activos cripto, el reglamento determina que los importes se convertirán a pesos argentinos aplicando el tipo de cambio comprador del Banco de la Nación Argentina o la cotización compradora fijada por la propia entidad al cierre del mes.
Desde el organismo fiscal enfatizaron que la figuración en estas planillas de reporte no presupone una presunción de delito ni gatilla en forma automática el cobro de recargos impositivos o el congelamiento del CVU. Sin embargo, en forma paralela a esta exigencia estatal, los mecanismos internos de cumplimiento (compliance) de las propias billeteras virtuales pueden solicitar documentación respaldatoria como recibos de haber, facturas emitidas o certificaciones de ingresos cuando detecten desvíos entre los montos transaccionados y la capacidad económica declarada por el usuario.
Esta fiscalización sobre la operativa digital coincide con un contexto de mayor supervisión oficial sobre la transparencia en los costos financieros y las tasas prestamistas del sector fintech.
La delimitación de estos umbrales uniforma los criterios de supervisión fiscal sobre las nuevas herramientas de pago y almacenamiento de valor en el país.
